El cese de actividad es una ayuda que se otorga a los trabajadores autónomos cuando estos se encuentran inactivos.
Desde el punto de vista laboral, este es un derecho establecido en la Ley General de la Seguridad Social y que tras la pandemia por el covid-19 les ha servido de ayuda a muchos autónomos que a causa de la pandemia debieron cesar sus actividades.
¿Cuándo se cobra?, ¿Por cuánto tiempo se puede cobrar el cese por actividad?, sobre estas dudas y otras más estaremos hablando en el presente artículo.
¿Cuándo se puede hacer el cobro del cese deactividad?
Para que un trabajador autónomo pueda disfrutar de los beneficios de la prestación por cese de actividad, deberá demostrar su situación, la cual puede presentarse en una variedad de formas:
- Una de las primeras formas es cuando la actividad del autónomo no es rentable económicamente, porque genera un 10% de pérdidas o en algunos casos las ejecuciones de deudas ocupan hasta un 30% de los ingresos.
- También pueden ocurrir motivos de fuerza mayor que obliguen al autónomo a cesar la actividad. Puedes ver más información en nuestro articulo sobre la baja de autónomos.
- El autónomo ha perdido la licencia administrativa, esto se toma en cuenta solo en los casos en que la licencia sea completamente indispensable para que la actividad laboral se lleve a cabo.
- Y finalmente en caso de divorcios o separaciones en los que haya una sentencia judicial.
Fechas de pago por cese de actividad
Cuando has realizado los tramites respectivos y una vez que la prestación ha sido aprobada, comenzarás a disfrutar del dinero entre el 7º y 10º día de cada mes vencido.
Aunque lo normal es que el pago se realice el último día del mes, pero se reflejará en tu cuenta unos 2 días después si no hay festivos o fin de semana de por medio. Esto depende mucho de tu banco.
El pago se abonará en la cuenta bancaria que indicaste en la solicitud de la prestación y de la que debes ser titular.
¿Cuánto recibe un autónomo por la prestación del cese de actividad?
Para calcular la cuantía por el cese de actividad se toma como referencia la base reguladora del autónomo, estos tendrán derecho a un 70% de dicha base y para obtener la base reguladora se debe hacer un cálculo de las cotizaciones que el autónomo percibió en los últimos 12 meses antes de cesar la actividad.
La formula es muy simple:
La base mínima de cotización de un autónomo es de 960,60€ esto se multiplicará por 12 meses, lo que dará un resultado de 11.527,2€ que deberás multiplicar por el 70% que te corresponde, el monto es 8.069,04€. Ahora divide esto entre los 12 meses, lo que te arrojará un resultado de 672,42€ que sería el monto que recibirás cada mes por el cese de actividad.
¿Por cuánto tiempo puedo recibir la prestación por el cese por actividad?
Esto dependerá de la cantidad de semanas que el autónomo tenga cotizadas en los 48 meses previos al cese de la actividad, en estos casos es obligatorio que el autónomo haya cotizado al menos 12 meses:
- Los autónomos con una cotización de 12 a 17 meses recibirán la cuantía durante 4 meses.
- Quienes tengan una cotización de 18 a 23 meses tendrán derecho al cobro por 6 meses.
- Para una cotización de 24 a 29 meses el período permitido de cese de actividad será de 8 meses.
- Los que tengan una cotización de 30 a 35 meses cobrarán la prestación de 10 meses.
- Corresponden 12 meses de prestación para autónomos con una cotización de 36 a 42 meses.
- En el caso de una cotización de 43 a 47 meses la cuantía se recibirá por 16 meses.
- Y finalmente el máximo de 24 meses corresponde a los autónomos con una cotización de 48 meses o más.