Cuando un trabajador solicita una baja por enfermedad, sobre este recaen muchas preocupaciones, ya que aunque no estará trabajando, de igual forma tendrá que hacerle frente a todas sus obligaciones económicas, por fortuna para ellos existe la prestación obligatoria para trabajadores de baja.

Si en tu caso estás de baja por accidente laboral y te tiene que pagar la mutua. Puedes revisar nuestro ¿Cuándo se cobra la baja por la mutua? o en caso que seas autónomo, puedes ver el articulo ¿Qué día del mes se cobra la baja autónomos?.
Sabiendo esto, de seguro te preguntas lo mismo que cada trabajador ¿Qué día cobraré la baja por enfermedad?, solo sigue con nosotros y sabrás este y otros datos de interés sobre el tema.
¿Qué día recibiré el pago por la baja por enfermedad?
La seguridad social generalmente realiza el pago por concepto de la baja por enfermedad el último día de cada mes, en caso de que este sea hábil, de lo contrario lo hará el día siguiente. Pero, la disponibilidad del dinero en tu cuenta dependerá de tu banco, sin embargo los primeros días del mes contarás con este dinero en tu cuenta.
Puedes consultar cuando suelen reflejar los ingresos en los principales bancos:
¿En el caso de la primera prestación, a partir de cuándo la recibiré?
Ante cualquier solicitud de prestaciones, ya sea en este caso por concepto de baja, o cualquier otro, los trabajadores se plantean la interrogante de cuándo comenzará a recibir el pago de dicha prestación.
En estos casos es importante que tengas en claro que los 10 de cada mes la Seguridad Social realiza el cierre de nómina, esto significa que si hiciste la solicitud después del día 10 de un mes cualquiera, no recibirás el pago los primeros 4 días del mes siguiente, sino prácticamente en dos meses.
Por ejemplo, si solicitaste la baja el 14 de marzo, no cobrarás los primeros días de abril, sino los primeros días de mayo. Claro está, que la entidad bancaria puede marcar una diferencia en esto.
¿Qué requisitos debo presentar para cobrar la incapacidad por enfermedad?
Los requisitos que debes presentar para disfrutar del beneficio de la prestación incapacidad temporal dependerá del tipo de baja que solicites:
- Para solicitar la baja por enfermedad es necesario contar con una cotización de 180 días, en los 5 años anteriores a la solicitud.
- Ante la solicitud de baja por accidentes en el entorno laboral o enfermedades derivadas del trabajo que desempeñes, no deberás cumplir con cotizaciones previas.
¿Quién realiza el pago de la prestación por concepto de baja?
Esto dependerá de la opción que el empresario haya escogido cuando realizó los trámites para la cobertura de los trabajadores, pero en general el pago corresponde a:
- Al INSS.
- La Mutua que presta colaboración al INSS.
- A las empresas que cuenten con autorización para colaborar de manera voluntaria con todo lo relacionado a las solicitudes y pago de bajas.
Si solicitas una baja por riesgo común será el Instituto Nacional de Seguridad Social y el Instituto Nacional de la Marina los encargados de hacer el pago respectivo. Por su parte, si son bajas por enfermedad o accidentes laborales los pagos quedarán de parte de la mutua que preste la colaboración.
Finalmente, si se trata de una baja por enfermedad común, los primeros 11 días de paga serán responsabilidad de la empresa, a partir del día 16 de paga, será el INSS o la mutua, el encargado de hacer dicho pago.