Si te has quedado sin trabajo y necesitas reanudar el paro, aquí tienes la información qué necesitas. ¡Reactivar la prestación por desempleo nunca ha sido tan fácil!
En este artículo vamos a contarte cómo reanudar el paro con los requisitos que exige el SEPE, y sus plazos.
¿Cómo reanudar el paro?
Para reanudar prestacion desempleo despues de trabajar, puede hacerse a través de la web del sepe o bien de forma presencial en sus oficinas. Si prefieres reactivar el paro acudiendo a sus oficinas, debes saber que necesitas acudir con cita previa. Puedes ver los datos de todas las oficinas en nuestra web, como por ejemplo del SEPE en Collado Villalba.
Por lo tanto, puedes hacerlo de la siguiente manera:
Reanudar la prestación a través de internet: Si haces clic en este enlace, te llevará directamente a la web del SEPE donde encontrarás la opción de Solicitud de subsidio por desempleo. Para acceder ahí necesitarás un certificado digital, DNI electrónico o acceso cl@ve.
Si no puedes hacerlo por internet, tienes la opción de la reanudación de manera presencial en las oficinas del INEM. Para ello deberás solicitar cita previa, que puedes hacerlo de las siguientes formas:
- Por internet: Puedes solicitar tu cita para reanudar el paro de una manera muy sencilla a través de la web del SEPE. Una vez tengas tu cita, tan solo tendrás que acudir a la oficina más cercana a tu domicilio. Te enseñamos como a continuación:
- Por teléfono: También puedes pedir cita por teléfono, puedes contactar con el SEPE en el número: 901 01 02 10. A continuación encontrarás nuestro tutorial sobre como hacerlo paso a paso:
Ten en cuenta que este no es el teléfono para reanudar el paro, sino para pedir cita previa únicamente.
¿Cuándo se puede reactivar el desempleo?
La reanudación del paro puede hacerse siempre y cuando te encuentres en situación legal de desempleo.
Es decir, debes figurar inscrito en los servicios públicos de empleo como demandante de empleo y haber reactivado el compromiso de actividad.
Pero pueden darse tres situaciones:
- Reanudar el paro después de una sanción: Si la prestación/subsidio ha quedado suspendida por haber cometido una infracción leve o grave de las establecidas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social, la reanudación del paro se efectuará de oficio por el Servicio Público de Empleo Estatal, una vez haya transcurrido el período de sanción, siempre que la prestación/subsidio no se encuentre agotado y estés de alta como demandante de empleo.
- Reanudar el paro tras una baja voluntaria: Lamentablemente no tendrás derecho a paro ni podrás reactivar la prestación por desempleo anterior que tuvieras acumulada (si la tenías). Sólo si te despiden a instancia del empresario.
- Reanudar el paro en los demás casos: En el resto de casos, puedes presentar la solicitud en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a la finalización de la causa por la que se suspendió dicha prestación/subsidio, siempre que estés en situación legal de desempleo, e inscrito como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo, y reactivado el compromiso de actividad.
- Reanudar paro tras trabajo temporal: Suele ser la más habitual, simplemente, presenta la solicitud dentro del plazo de 15 días desde la finalización del contrato de trabajo y ya está.
La reanudación del paro se produce a partir de que finalice la causa de suspensión.
En ese momento vuelves a percibir la prestación por desempleo durante el período restante (excepto en los casos de sanción) y con la base reguladora y porcentaje que correspondan a cuando se produjo la suspensión.
¿Has presentado fuera de plazo?
En el supuesto que la presentación se haga fuera de plazo, la reanudación del paro tiene lugar a partir de la fecha de esa solicitud, consumiéndose tantos días de prestación como los transcurridos desde la fecha en que se hubiera iniciado la reanudación (de haberse solicitado en plazo) hasta el día anterior al que se presenta la solicitud, en el caso de reanudación de prestación contributiva, o hasta el mismo día si es una reanudación de subsidio.
¿Reanudar el paro entre contratos de corta duración o acumular períodos para una nueva prestación?
Aunque finalice un contrato inferior a un año y si la prestación contributiva no está agotada, únicamente es posible retomar ese paro, en este caso supone el derecho a percibir la prestación por el período faltante y con las bases y límites que correspondieran en el momento de la suspensión.
Las cotizaciones que hayas tenido en el último trabajo no afectan a la duración de la prestación de paro que ya estaba reconocida, pero sí pueden tenerse en cuenta para el cálculo a una prestación posterior.
No es posible acceder a una nueva prestación de desempleo hasta que no se termina la anterior, entre otros motivos, porque se terminan los días de paro o porque has tenido contrato durante un mínimo de 360 días.
Por ende, para solicitar una prestación por desempleo nueva, es necesario llevar a cabo trabajos interrumpidos o continuados por una duración mínimo de 12 meses, siempre que no se solicite reanudar el cobro del paro entre contrato y contrato.
En base a la situación personal y familiar de cada uno, estriba la decisión de reanudar paro o acumular períodos. Hay que tener en cuenta lo siguiente: el tiempo pendiente de paro, cuánto vas a tardar en empezar a trabajar de nuevo, cuánto es la duración del nuevo contrato y hacer una comparativa entre el importe actual de paro y futuro que se podría tener.
¿Reanudar paro anterior o solicitar nuevo?
Si desde que suspendiste la prestación por desempleo por volver a trabajar has cotizado 360 días o incluso más, tienes la opción de reanudar el paro anterior o bien solicitar el nuevo. Pero debes de saber que en cualquier caso, el paro que no elijas consumir, lo perderás.
Si en tu caso has cotizado menos de 360 días desde que empezaste de nuevo a trabajar, las condiciones no cambian y lo podrás reactivar tal y como lo dejaste, añadiéndose lo último que has trabajado.
Por lo tanto, si te ves en la tesitura de elegir entre el paro antiguo y el nuevo, nuestra recomendación es que calcules bien cuanto vas a cobrar de cada uno así como la duración.
En el caso de que creas que vas a encontrar trabajo a medio plazo, te recomendamos siempre elegir el que más cobres. En cambio, si no tienes expectativas de encontrar trabajo a medio plazo o bien quieres estudiar, siempre recomendamos elegir el que mayor duración tenga aunque se cobre un poco menos.
Documentacion para reanudar la prestacion por desempleo
Para reactivar el desempleo tras un trabajo temporal, deberás presentar los siguientes documentos:
- Inscripción como demandante de empleo: Lo que se conoce como la tarjeta del paro.
- Certificado de empresa: Normalmente lo pueden enviar a través del a sede electrónica.
- DNI vigente así como los datos de los hijos que tenga a su cargo (si los tiene).
- Rellenar el impreso de solicitud de prestación contributiva del SEPE.